Salinas Pliego pierde otro round: Elektra deberá soltar $5 mil millones al SAT

Se quedó sin otro amparo Grupo Elektra de Ricardo Salinas Pliego, por lo que, en otro caso contra el SAT, tendría que pagar 5,000 millones de pesos.
Así lo determinó el Décimo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito del Poder Judicial,el cual estableció la obligación de los accionistas de esta controladora de cumplir con el pago del crédito fiscal.

Otro pretexto de Salinas Pliego
Los abogados de Elektra buscaron impugnar la actuación de la magistrada de circuito al exponer que escribió un artículo sobre el caso. Ana María Ibarra Olguín expuso durante la sesión del Décimo Tribunal Colegiado que en dicho texto no se refirió al caso del juicio de los créditos fiscales que involucran a Mexicana de Aviación y a la empresa Omega de Elektra sino a un caso anterior de la misma controladora y para el cual ya se había emitido otro fallo.
El objetivo de ese artículo publicado en la Revista Contralinea, dijo Ana María Ibarra Olguín, fue explicar la soberanía un asunto que es de interés nacional.
“No podemos negar la trascendencia por la magnitud económica de la que estamos hablando, pues que sí tiene una trascendencia nacional”, explicó la magistrada.
Y agregó: “Estamos en un nuevo paradigma de justicia, donde no podemos mantenernos distantes o como una caja oscura frente a la ciudadanía, sino que tenemos que explicar de forma abierta, transparente, franca las razones y motivaciones que sustentan nuestros fallos”, dijo la juzgadora.
Omega
Ahora, el Décimo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa estimó insuficientes los argumentos con los que la defensa del Grupo Elektra buscó demostrar que su empresa Omega incurrió en pérdidas derivadas de su operación y que, por lo tanto, podía hacerlas deducibles a partir de disposiciones de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, como el artículo 31.
Elektra consideró procedente la venta de Omega. Sin embargo, no se demuestra ni se demostró que la operación efectuada se haya realizado con la finalidad de obtener un beneficio, una ganancia efectiva o una repercusión económica neta en su posición financiera.
Por ello, el tribunal consideró que Grupo Elektra no cumplió con estas operaciones con el requisito de cierta “indispensabilidad”, para obtener un beneficio fiscal.
Con información de Polemón